INFORMACIÓN BÁSICA
¿Qué industrias están obligadas a notificar sus emisiones?
En España, los complejos industriales incluidas en el Anejo 1 de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación están obligados a notificar sus emisiones.
¿Con qué periodicidad se debe de notificar los datos de emisiones?
De acuerdo con la Ley 16/2002, los complejos industriales deben de notificar los datos de sus emisiones al menos UNA VEZ AL AÑO, a sus autoridades competentes.
¿Qué pasos ha de seguir un centro productivo para informar de sus emisiones?
Una vez abierto el plazo de notificación, los complejos industriales deberán registrar
sus experdientes.
¿Quiénes son las autoridades competentes en temas de EPER?
Son las autoridades ambientales de las Comunidades Autónomas. Una vez notificados los datos por los complejos, las autoridades ambientales de las CC.AA. revisan y validan los datos previos a su publicación.
¿Todos los centros IPPC deben de notificar sus emisiones en EPER-España?
Como se ha indicado anteriormente, las CC.AA. son los órganos competentes en materia de EPER.
Las CC.AA. que disponen de sistema propio de notificación EPER y que, por tanto, no "usan" como herramienta EPER-España son: Andalucía, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, País Vasco y Comunidad Valenciana.
Es recomendable que para cualquier duda o información adicional, los complejos industriales se pongan en contacto con
MORGAN AQUA, o con las autoridades ambientales de la Comunidad Autónoma donde esté ubicado el mismo.
¿Qué información se hace pública?
Tan solo se harán públicos los datos sobre las sustancias que superen el umbral de notificación indicado en el Anexo A1 de la Decisión 2000/479. Esta información coincidirá con la que se envíe a la Comisión Europea.
Preguntas más frecuentes en EPER-Europa
Fuente: Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino |